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Ayudas para la digitalización de PYMES y Autónomos

Ayudas para la digitalización de PYMES y Autónomos

Para el apoyo a PYMES y Autónomos en materia de digitalización, el Gobierno ha lanzado una ayuda a fondo perdido publicada en el BOE núm.313 de 2021 con fecha 30 de diciembre de 2021.

AYUDAS SEGÚN PLANTILLA DE TRABAJADORES:

  • De 10 a 49 trabajadores: hasta 12.000 euros.
  • De 3 a 9 trabajadores: 6.000 euros.
  • De 0 a 2 trabajadores: 2.000 euros.
El 15 de marzo comenzó el plazo para solicitar las ayudas de 10 a 49 trabajadores y progresivamente saldrán el resto.

REQUISITOS:

  • Ser pequeña empresa o microempresa.
  • Estar inscrito en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
  • No estar en situación de crisis.
  • No tener deuda con Hacienda o Seguridad Social.
  • No superar el límite de ayudas mínimas.
También es requisito para obtener la condición de beneficiario disponer de la evaluación del Nivel de Madurez Digital, de acuerdo con el test de diagnóstico disponibles en la plataforma Acelera PYME.

CATEGORÍAS DE SOLUCIONES DE DIGITALIZACIÓN:

    1. Página web y posicionamiento en internet.
    2. Gestión de redes sociales.
    3. Oficina virtual.
    4. Gestión de procesos.
    5. Comercio electrónico.
    6. Gestión de clientes.
    7. Business intelligence.
    8. Factura electrónica.
    9. Comunicaciones seguras.
    10. Ciberseguridad.

La subvención se gestiona a través de los Agentes Digitalizadores Adheridos. Si tras rellenar el formulario de solicitud te conceden el “bono digital” se tiene que contratar el servicio con un Agente Digitalizador que es a quién se le paga la ayuda. Hay un listado con donde aparecen todos los agentes inscritos.

¿QUIÉN PUEDE SER AGENTE DIGITALIZADOR ADHERIDO?

Una facturación acumulada de, al menos, 100.000 euros en los dos años anteriores a contar desde el momento de la presentación de la solicitud de adhesión, o 50.000 euros en el año anterior, en proyectos similares a los que se deben desarrollar para los beneficiarios en cualquiera de las categorías de soluciones de digitalización del anexo IV. Para el caso de las personas en situación de autoempleo sin trabajadores a su cargo, la facturación acumulada deberá ser de, al menos, 70.000 euros en los dos años anteriores a contar desde el momento de la presentación de la solicitud de adhesión, o 35.000 euros en el año anterior, en proyectos similares a los que se deben desarrollar para los beneficiarios en cualquiera de las categorías de soluciones de digitalización. La facturación que se acredite deberá corresponder al mercado español.

Estela Rovira Ortega
Asesora fiscal
Asesoramiento Tributario